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La UE introduce nuevas normas sobre aditivos alimentarios

Condiciones de uso del ácido tartárico y sus derivados

La UE introduce nuevas normas sobre aditivos alimentarios

La UE introduce nuevas normas sobre aditivos alimentarios.

La Comisión Europea ha dado un paso decisivo para reformular las condiciones de uso de determinados aditivos alimentarios, como el ácido tartárico y sus derivados, con el fin de mejorar la seguridad alimentaria. Se están estableciendo nuevas normas para estos aditivos, teniendo en cuenta principalmente las recientes evaluaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y las consultas públicas realizadas.

Clasificación del ácido tartárico como aditivo alimentario;

El ácido tartárico (L(+)-) (E 334), los tartratos de sodio (E 335), los tartratos de potasio (E 336), el tartrato de sodio y potasio (E 337) y el tartrato de calcio (E 354) son aditivos alimentarios cuyo uso está autorizado en virtud del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Estos aditivos, incluidos en el Grupo I de la Parte C del Anexo II del Reglamento, están autorizados para su uso en cantidad suficiente (

La Unión Europea ha introducido nuevas regulaciones para el ácido tartárico, que generalmente se considera que «no tiene una ingesta diaria admisible» o para el que la evaluación de riesgos más reciente concluyó que «no es necesaria una ingesta diaria admisible numérica».

Evaluación de la EFSA

Los aditivos alimentarios regulados son el ácido tartárico (L(+)) (E 334), los tartratos de sodio (E 335), los tartratos de potasio (E 336), el tartrato de sodio y potasio (E 337) y el tartrato de calcio (E 354). El 11 de marzo de 2020, la EFSA publicó un dictamen científico sobre la reevaluación de estos aditivos. Así, se estableció una nueva ingesta diaria admisible (IDA) de 240 mg/kg de peso corporal al día para el ácido tartárico y los tartratos.

Nuevas normativas y condiciones de uso

El 19 de enero de 2021, la Comisión Europea lanzó una convocatoria pública para recopilar datos sobre el uso de aditivos alimentarios y se pidió a los operadores de empresas alimentarias que presentaran datos técnicos sobre el ácido tartárico y sus derivados. La Unión Europea ha decidido introducir nuevas normativas recopilando los dictámenes y los datos técnicos publicados por la EFSA.

Cumplimiento de las normas internacionales

Se decidió eliminar estos aditivos del Grupo I y crear un nuevo grupo. Estas modificaciones se regularán de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) n.º 2022/2104.

Una nueva era en la seguridad alimentaria

Las modificaciones tienen por objeto aumentar la seguridad alimentaria, proteger la salud de los consumidores, actualizar las condiciones de uso del ácido tartárico y sus derivados y garantizar el cumplimiento de las normas técnicas. De este modo, se garantizará el uso seguro de los aditivos alimentarios.

Lista de productos cuyos límites han cambiado con el Reglamento;

  • Productos lácteos fermentados sin aromatizar que han sido sometidos a tratamiento térmico tras la fermentación
  • Sustitutos de los productos lácteos, incluidos los blanqueadores de bebidas
  • Otras emulsiones de grasas y aceites y emulsiones líquidas, incluidas las pastas para untar
  • Frutas y hortalizas en conserva o embotelladas
  • Preparados de frutas y hortalizas
  • Confituras, jaleas y mermeladas, y puré de castañas azucarado
  • Otras pastas para untar similares a base de frutas o hortalizas
  • Otros productos de confitería, incluidos los microcaramelos para refrescar el aliento
  • Productos procesados a base de patata
  • Chicles
  • Decoraciones, recubrimientos y rellenos, excepto los rellenos a base de fruta
  • Pasta fresca, pasta fresca precocinada
  • Ñoquis de patata
  • Cereales precocinados o procesados
  • Pan y bollos
  • Productos de panadería light
  • Productos cárnicos tratados térmicamente
  • Pescado y productos pesqueros procesados, incluidos moluscos y crustáceos
  • Edulcorantes de mesa en polvo
  • Edulcorantes de mesa en pastillas
  • Especias y condimentos
  • Mostaza
  • Sopas y caldos
  • Salsas
  • Pastas para untar a base de ensaladas y sándwiches salados
  • Productos proteicos
  • Alimentos procesados a base de cereales y fórmulas infantiles para lactantes y niños pequeños
  • Bebidas aromatizadas
  • Vinos aromatizados
  • Bebidas aromatizadas a base de vino
  • Cócteles de vino aromatizado
  • Aperitivos a base de patatas, cereales, harina o almidón
  • Complementos alimenticios

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